Sancionarán castigo corporal a menores.

Por Saúl Castañón - diciembre 08, 2022



 * Diputados avalan cambios a Ley que contempla los derechos de este sector 

• No debe permitirse, ni promoverse la violencia contra las niñas, niños y adolescentes: Triana

 

Con la finalidad de erradicar y prohibir el castigo corporal y cualquier trato denigrante e humillante en todos los sectores de la sociedad, especialmente en las prácticas pedagógicas dentro de las escuelas, el Congreso del Estado aprobó las reformas  a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado y  a la  Ley de Servicios para el Desarrollo Integral Infantil del Estado.

 

De esta manera,  a través del dictamen que elaboró  la Comisión de Asuntos Familiares y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, también se busca armonizar la legislación local  a los tratados internacionales y nacionales en materia de Derechos Humanos.

 

“Estoy a favor de esta adición legislativa a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, pues el castigo corporal o físico y el castigo humillante son también una modalidad de violencia que atenta contra los menores que no debe  promoverse, ni de permitirse”, precisó  la diputada Rosa María Triana Martínez al hacer uso de la tribuna.

 

La  también presidenta de  Comisión de Asuntos Familiares y de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, comentó que existen cosas que se resuelven mediante la ley, pero también se debe rectificar la manera de tratar a los menores, lo cual ayudará en gran medida para vivir en un ambiente más digno, de paz y de armonía para todas y todos.

 

Recordó que durante muchos años, en diferentes contextos donde se desarrollan los menores se han promovido gestos, imposiciones y demás actos tendientes a fungir como acciones rectificadoras de la conducta de los menores cuando no actúan de una manera considerada como socialmente correcta.

 

Una de  estas malas acciones que puso como ejemplo, fue aquellas que algunos les tocó presenciar en su formación educativa, donde la o el maestro se esmeraba en rectificar una mala conducta de algún alumno a través golpes con la mano u otro objeto, pellizcos, jalones de cabello u orejas, así como obligar a mantener una postura desfavorable para el menor.

 

Sin embargo, señaló que estas acciones en vez de corregir una conducta, lo único que logran es provocar inseguridad, así como momentos que los desvalorizan y los ridiculizan, lo cual es incorrecto y violento para los menores.

 

Por ello, se establece en la ley que el castigo corporal es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano u otro objeto, empujones, pellizcos, mordidas, jalones de cabello u orejas, quemaduras, obligar a mantener posturas incómodas o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, el cual queda prohibido.

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